Solicitan que tribunales laborales autoricen despidos por fuerza mayor

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En medio de la polémica por el decreto de la Dirección del Trabajo, que faculta a los empleadores a no pagar el sueldo de los trabajadores a consecuencia del aislamiento decretado por el Covid-19, el diputado (PS), Leonardo Soto, presentó un proyecto de ley que regula el despido y el cese de remuneraciones en casos fortuito, exigiendo al empleador contar con autorización previa de los tribunales de Trabajo para invocar la fuerza mayor contra el trabajador.

La iniciativa del parlamentario, “modifica el artículo 21 del Código del Trabajo que define la jornada laboral, incorporando dentro de ella el tiempo en que el trabajador está a disposición del empleador, pero no puede asistir a su trabajo por ´causas que no le sean imputables´”, como estados de excepción constitucional, cuarentenas obligatorias, toques de queda y medidas de cordón sanitario.

A juicio del diputado Soto, “es un grave error de la autoridad laboral autorizar a todo empleador a invocar el caso fortuito o fuerza mayor de manera general y abstracta en contra de los derechos de los trabajadores, sino que debe establecerse un procedimiento previo en una sede judicial para que se analice, caso a caso, si es que el empleador puede invocar esta causal”.

El texto precisa que, “tanto la fuerza mayor, como el caso fortuito, pueden tener múltiples características según su extensión, naturaleza y especialmente, de la realidad en que puede afectar a cada empresa”.

“En medio de esta crisis, el derecho laboral que por definición es profundamente humano y protector de la parte más débil de una relación laboral, debe generar una coraza para que la crisis sanitaria no se convierta en precariedad o pobreza para los trabajadores. Por eso, la justicia debe intervenir para impedir el abuso y el exceso con que algunos empleadores aprovechan la crisis para ´deshacerse´ de sus trabajadores”, afirmó Soto.

Por eso, destacó el parlamentario, “establecimos con este proyecto de ley un control judicial previo, similar al desafuero exigido para despedir a las trabajadoras con fuero maternal o sindical, donde se exija una autorización judicial previa que determine de manera precisa la rigurosa aplicación de la causal de despido, y no quede entregada al arbitrio, discrecionalidad empresarial que hemos visto hasta ahora”.

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