Informan los primeros indultos conmutativos en San Joaquín y la Ex Penitenciaría

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Con la publicación en el Diario Oficial, a contar de hoy comenzó a regir la nueva Ley de Indultos Conmutativos, que permitirá que 1.860 internos, que han cometido delitos menores y son población de riesgo, o tienen permisos de salida, puedan cumplir el resto de su pena bajo arresto domiciliario.

Por este motivo, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, junto al Subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela; la Subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, y el director nacional de Gendarmería, Christian Alveal, visitaron esta mañana la cárcel de mujeres de San Joaquín y la Ex Penitenciaría, para comenzar a notificar los primeros indultos en la Región Metropolitana.

De este modo, las autoridades primero estuvieron en el CPF San Joaquín, donde compartieron con un grupo de 60 mujeres beneficiadas, quienes oyeron las palabras de las autoridades, mientras esperaban con sus bolsos listos para poder volver a sus casas a pasar el resto de sus condenas. A la salida, emocionadas, se reencontraron con sus familiares, quienes las habían ido a buscar.

Luego, lo mismo se repitió horas más tarde en la Ex Penitenciaría, donde el Ministro y los Subsecretarios notificaron a un grupo de cerca de 300 internos que iban a recibir un indulto conmutativo, quienes escucharon atentamente las palabras de las autoridades y mostraron efusivamente su agradecimiento por la medida anunciada.

Durante ambos diálogos, cabe destacar, el Ministro les enfatizó a los internos e internas que deben cumplir estrictamente el arresto domiciliario total, así como las medidas de control impuestas por Gendarmería, porque de lo contrario perderán el indulto y volverán a cumplir sus penas en la cárcel.

Para verificar dicho cumplimiento, Gendarmería elaboró un sistema con teléfonos registrados, a los que se les instaló un chip de seguimientoy geolocalización, con el cual los indultados tendrán la obligaciónde contactarse cuatro veces al día con el Centro de Control, a través de una aplicación, junto tener con la obligación de contestar cada llamada sorpresa que puedan recibir durante el día desde la institución.

“Con esta ley, 1.860 personas van a cambiar su privación de libertad por arresto domiciliario, descongestionando las cárceles por razones de carácter sanitarias. La cifra, que es mayor a la que habíamos programado originalmente, se debe a que en este intertanto de tramitación de la ley, se han otorgado más permisos de salida dominical o de fin de semana en los distintos recintos penitenciarios, aumentandoasí el número de personas que pueden recibir el indulto por este motivo”, explicó el Ministro Hernán Larraín.

En tanto, el Subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela, agregó que “la persona beneficiada por este indulto deberá firmar una solicitud y se le entregará un documento con todas las reglas que debe cumplir durante el periodo que esté bajo arresto domiciliario. Luego, aquellas personas que son población de riesgo, serán llevadas a su domicilio por parte de Gendarmería, si así lo requieren. Finalmente, el control y supervisión del cumplimiento de este arresto domicilio, lo harán los 41 Centros de Reinserción Social que Gendarmería tiene a lo largo del país”.

Para el Director Nacional de Gendarmería, Christian Alveal, es importante reconocer el rol del personal. “Además de la alegría que vivimos con los internos e internas, también quiero destacar y agradecer el trabajo que se hizo para poder concretar este proyecto de ley, especialmente al Departamento de Control Penitenciario, al de Informática y a la Subdirección de Reinserción Social”. Agregó que descomprimir las cárceles hoy, no es un solo un gesto sanitario, sino también humanitario.

Finalmente, al Subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, indicó que esta ley “permite resguardar la vida y la salud de las personas que están privadas de libertad, especialmente de quienes son catalogadas como población de riesgo, en el marco de esta pandemia. Nuestro deber como Estado es protegerlos y velar por el estricto resguardos de sus derechos fundamentales”.

Desglose regional

Según cifras de Gendarmería, este es el desglose regional de indultos conmutativos concedidos:

Arica y Parinacota: 120

Tarapacá: 75

Antofagasta: 100

Atacama: 37

Coquimbo: 58

Valparaíso: 215

Región Metropolitana: 557

Libertador Bernardo O’Higgins: 39

Maule: 77

Ñuble: 39

Biobío: 104

Araucanía: 57

Los Ríos: 24

Los Lagos: 49

Aysén: 5

Magallanes: 20

Población penal en sistema abierto: 280

TOTAL INDULTOS: 1.860

La iniciativa comprende indultos generales conmutativos de penas privativas de libertad de hombres que tengan más de 60 años de edad, mujeres mayores de 55 años, mujeres embarazadas o que tengan un hijo o hija menor de dos años de edad. El indulto consistirá en la conmutación de la pena privativa de libertad por la de reclusión domiciliaria total por todo el saldo de sus respectivas condenas.

El motivo por el cual las mujeres acceden el beneficio a más baja edad que los hombres, es porque las cifras criminológicas entregadas por expertos en la tramitación legislativa, demuestran que las mujeres tienen tasas de reincidencia casi nulas cuando superan los 50 años de edad. Y además, a nivel general, debe considerarse que una persona que envejece en la cárcel, alcanza de “manera anticipada” la tercera edad, por el deterioro físico que implica vivir privado de libertad.

Para acceder al indulto, estos grupos deberán cumplir la mitad de la condena y restarles por cumplir un saldo igual o inferior a los 36 meses.

En el caso de las mujeres condenadas que estuviesen embarazadas o tuviesen un hijo o hija menor de dos años de edad, que resida en la unidad penal, deberán cumplir un tercio de la condena, y restarles por cumplir un saldo igual o inferior a los 36 meses.

A los mayores de 75 años, por ser parte del grupo más vulnerable, no se les exigirá que hayan cumplido un mínimo de condena, ni que les reste menos de 36 meses de prisión.

Además, se contempla un indulto general conmutativo a todas aquellas personas que se encuentran cumpliendo las penas de reclusión nocturna, o penas de reclusión parcial nocturna en establecimientos penitenciarios y para quienes, cumpliendo una pena privativa de libertad, se encuentran gozando del beneficio de salida controlada.

Quedan excluidos de este beneficio quienes han sido condenados por delitos de gran gravedad, tales como tortura, violación, cualquier delito sexual contra menor de edad, femicidio, homicidio, trata de personas, delitos terroristas y delitos de lesa humanidad, entre otros.

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