Condenan a siete años de presidio a autor de lesiones graves en contexto de VIF

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a Gabriel Eduardo Aliaga Lagos a la pena única de 7 años y 7 meses de presidio efectivo, como autor de dos delitos consumados de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar, ilícitos perpetrados en la comuna de Bulnes, en marzo de 2018 y febrero de 2019.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las juezas María Paz González (presidenta) y Claudia Montero (redactora)– aplicó, además, a Aliaga Lagos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Además, el condenado deberá cumplir con las accesorias especiales de prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente, por el término de 2 años; y la asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar.

En la causa, el tribunal condenó también a Aliaga Lagos a la pena efectiva de 819 días de presidio, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de lesiones menos graves a pareja, cometido en septiembre de 2018, en la comuna de Bulnes. Asimismo, el condenado deberá purgar dos penas de 541 días de reclusión, y cumplir con las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de dos delitos consumados de desacato, cometidos en marzo de 2018 y febrero de 2019, respectivamente, en la comuna de Bulnes.

Finalmente, el tribunal condenó a Aliaga Lagos a la pena de multa de una unidad tributaria mensual, en calidad de autor de la falta de lesiones leves en perjuicio del menor C.M.V., cometida en septiembre del año pasado, en la comuna de Bulnes.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 18 de marzo de 2018, Gabriel Eduardo Aliaga Lagos concurrió al domicilio de su madre en la comuna de Bulnes, “lugar en que agredió a su conviviente M.V.D. grave. En el mismo acto, además, incumplió lo resuelto en causa RIT 879-2017, de Juzgado de Garantía de Bulnes, toda vez, que el día 14 de febrero del año 2018, se decretó la prohibición de acercarse a su madre por el plazo de seis meses”.

En tanto, en horas de la tarde del 2 de septiembre de 2018, Aliaga Lagos concurrió hasta el domicilio de M.V.D., ubicado en la comuna de Bulnes, “provocándole con un cuchillo lesiones menos graves en su cuello; acto seguido con un golpe de puño agredió al menor de edad C. M.V., causándole lesiones leves”.

Asimismo, en horas de la noche del 13 de febrero de 2019, al interior de un domicilio ubicado en Camino al Cementerio sin número, sector Santa Clara, el condenado “agredió con golpes de pie y de puño a su conviviente M.V.D., a consecuencia de lo cual resultó con fractura de huesos de la nariz, lesión de carácter grave. En el mismo acto, el imputado, además, incumplió lo resuelto en causa RIT 1142-2018 el día 5 de febrero de 2019, en que se decretó la prohibición de acercarse al menor C.M.V.”.

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