Pacientes terminales: cuidados paliativos vuelve a Comisión de Salud

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Pacientes terminales: cuidados paliativos vuelve a Comisión de Salud

Haciendo presente la necesidad dar un trato de digno a todos los pacientes hasta su último momento de vida, la Sala del Senado aprobó la idea de legislar del proyecto de reconocimiento y protección de los derechos de las personas con enfermedades terminales y el buen morir.

Con 27 votos a favor y una abstención, los congresistas apoyaron las ideas matrices, por lo que la norma volverá a la Comisión de Salud para ser perfeccionada. De hecho hasta el 9 julio se fijó el plazo para que los senadores como el Ejecutivo presenten indicaciones.

Durante la discusión, existió consenso respecto a entregar un trato igualitario a todas las personas que requieran alivio del dolor en el caso de patologías crónicas progresivas. Esto considerando que, en la actualidad, solo los pacientes oncológicos reciben gratuitamente los fármacos y la atención necesaria.

También se mencionó cómo esta propuesta se vincula con aquella conocida como eutanasia. Esta última corresponde a la norma que modifica la ley que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, con el objeto de permitir la muerte digna o eutanasia.

Finalmente se hizo presente la pertinencia de contar con dineros frescos para solventar los costos asociados, puesto que algunos senadores aseguraron que “deben existir recursos permanentes y no acudir cada año a la ley de presupuestos”.

El mensaje tiene por propósito abordar el tema de la muerte, desde la perspectiva de la dignidad de la persona y de la calidad de vida, regulando los cuidados paliativos que procuran dar alivio a los síntomas que den lugar a una muerte digna para la persona enferma.

Contenido:

-Define, para los efectos de este proyecto de ley, una enfermedad terminal, como aquella condición incurable, irreversible y progresiva, sin posibilidades de respuesta a los tratamientos curativos y con un pronóstico de vida limitado; carácter que siempre deberá ser diagnosticado por un médico-cirujano.

-Dispone que los cuidados paliativos tienen como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, cuando afrontan padecimientos relacionados con una enfermedad terminal, mediante la prevención y alivio de tales padecimientos, a través de su identificación temprana, una adecuada evaluación y el tratamiento del dolor y de otros problemas de salud de orden físico y mental.

-Establece que los cuidados paliativos incluyen, además, el apoyo psicológico a los familiares del paciente, y a los cuidadores no remunerados de éste, independientemente de si éstos son o no familiares.

-Reconoce a toda persona en situación de enfermedad terminal el derecho a ser informado en forma oportuna y comprensible de su estado de salud, del manejo de síntomas, formas de autocuidado y de los posibles tratamientos a realizarse; a cuidados paliativos, cuando corresponda; a ser acompañado por sus familiares o por la persona que designe; y al acceso a todos los derechos que la ley reconoce a las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud; en particular en lo relativo al reforzamiento de su autonomía.

-Dispone que la protección de la dignidad y autonomía de las personas en situación de enfermedad terminal supone siempre respetar su vida y considerar a la muerte como parte del ciclo vital.

-Establece el deber de la autoridad sanitaria de adoptar las medidas tendientes a promover el acceso a cuidados paliativos de toda persona en situación de enfermedad terminal, en todos los niveles de atención en salud.

El presidente de la Comisión de Salud, el senador Rabindranath Quinteros aclaró que “el objetivo del proyecto es abordar la dignidad de la persona en sus últimos momentos, promoviendo el cuidado integral de ésta”.

En tanto, el ministro de Salud, Enrique Paris hizo llegar por escrito su intervención prevista en la Sala luego de constatar dificultades técnicas para participar de la sesión mixta (telemática y presencial).

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