Constituyen comisión que analizará acusación constitucional contra Mañalich

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Analizar el documento -de 50 páginas- que apunta al exministro Jaime Mañalich por “haber infringido gravemente la Constitución y las leyes y haber dejado éstas sin ejecución, al haber colocado en riesgo la vida y la salud de la población” es el objeto de la Comisión de Acusación Constitucional constituida este jueves, en la Cámara de Diputados.

A partir de la notificación, el extitular de la cartera de Salud , tiene un plazo de 10 días para responder y concurrir ante la comisión encargada de la acusación, ya sea en forma personal o por escrito.

La instancia, a su vez, desde el momento de dicha comparecencia, tendrá un plazo de seis días para estudiar el libelo y pronunciarse sobre su procedencia, vencimiento que se cumple el 14 de octubre, para posteriormente ponerlo a disposición de la Sala de la Corporación, la cual lo votará a medidos de mes.

La instancia presidida por el diputado Iván Flores (DC) e integrada además por sus pares Pablo Lorenzini (IND), Ramón Barros (UDI), Daniella Cicardini (PS) y Leopoldo Pérez (RN), acordó sesionar, en las mañanas, de martes a jueves (semipresencial) y viernes de manera (telemática), para escuchar las exposiciones de los invitados sobre la procedencia, validez y mérito jurídico del libelo acusatorio.

Según explicó el presidente de la instancia, diputado Flores, se tomó una determinación adicional, por intermedio de la cual reglamentariamente la comisión podría comenzar a funcionar una vez que el acusado responda, “hemos tomado la decisión de partir hoy, por lo que fijamos el plazo de mañana al medio día para que esté la nómina de invitados, por una parte, en el análisis del alcance constitucional y las estrategias empleadas en el ámbito de la salud pública”.

En ese sentido, el diputado Barros mencionó “que estrictamente se van a referir al ámbito constitucional y en de la salud, respecto de aquellos hechos que están el libelo acusatorio (…) vamos a priorizar los nombres de aquellos que venir a exponer, debido a un tema de plazos que debemos cumplir”, señaló.

Cabe mencionar que las acusaciones constitucionales tienen su base normativa en la Constitución Política (artículo 52), en la Ley Orgánica del Congreso Nacional (Título IV) y en el Reglamento de la Cámara de Diputados (Título VI).

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