Migración: Avanzan en normas sobre reunificación familiar e ingreso al país

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Con la votación de tres artículos del proyecto de ley que proyecto de ley, en segundo trámite, sobre migración y extranjería, la Sala del Senado continuó con el estudio en particular de la iniciativa.

Durante esta jornada los senadores se abocaron a debatir algunas normas relativas a la reunificación familiar, a algunos criterios sobre migración irregular y a la autorización previa o visa.

El primer punto del debate dice relación con si se incluía o no en la nueva ley la palabra conviviente en lo relativo a la reunificación familiar, o se mantenía la disposición aprobada por la Comisión de Gobierno que reemplazó dicho término y lo reemplazó por “aquella persona que mantenga una relación que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio”.

Con 26 votos a favor y 13 en contra, se aprobó el inciso propuesto por la Comisión de Gobierno que señala que “los residentes podrán solicitar la reunificación familiar con su cónyuge o con aquella persona que mantenga una relación que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio, padres, hijos menores de edad, hijos con discapacidad, hijos solteros menores de 24 años que se encuentren estudiando y menores de edad que se encuentren bajo su cuidado personal o curaduría, debiendo el Estado promover la protección de la unidad de la familia”.

Según algunos senadores, al no estar incluido el término de “conviviente”, la normativa podía excluir algunos casos de parejas por lo que consideraban que debería estar considerado en el texto para adaptarse a la realidad de muchas parejas que conviven.

Por otra parte, quienes estaban por respaldar la norma de la Comisión de Gobierno, señalaron que se tomaron en consideración las mismas disposiciones contempladas en un artículo de la Convención de Trabajadores Migratorios y que ello incluye las relaciones de convivencia reconocidas y también los casos de Unión Civil. Puntualizaron que la relación estable sin vínculo legal de algún tipo no está reconocida en otros cuerpos legales.

POLÍTICA MIGRATORIA

Otro de los temas en los que se debatió fue una disposición del artículo que señala que el Presidente de la República es quien definirá la Política Nacional de Migración y Extranjería, para lo cual debe tener en consideración diversos elementos. Uno de ellos es el “velar por el mantenimiento de altos índices de regularidad de la población migrante”, disposición que fue aprobada por unanimidad.

En este punto, el Ejecutivo presentó una indicación que además establecía el evitar “el ingreso irregular”. Dicha indicación fue rechazada con 19 votos a favor y 20 en contra.

Quienes no respaldaron la inclusión propuesta por el Ejecutivo manifestaron que era “redundante” incorporar esa frase y que los índices de irregularidad no se deben al ingreso sino a que después de haber llegado al país por un período no se fueron y no regularizaron su situación.

En la contraparte, señalaron que se debe desincentivar la migración irregular y que el eje de las políticas migratorias de otros países apunta precisamente a evitar el ingreso irregular que se ha visto favorecido por la ausencia de una política migratoria.

AUTORIZACIÓN O VISA

Finalmente, la Sala del Senado se abocó a la discusión de una norma relativa a las autorizaciones previas o visas para ingresar al país.

En tal sentido, se aprobó una disposición que señala que “no requerirá autorización previa o visa para el ingreso y estadía en Chile quien lo haga en calidad de titular de un permiso de permanencia transitoria”.

El punto que generó debate fue el de incluir la norma que establece que por motivos de interés nacional o de bajo cumplimiento de las normas migratorias por parte de los nacionales de un país en particular, se podrá exigir una autorización previa o visa otorgada por un consulado chileno en el exterior.

La frase que hablaba del bajo cumplimiento de las normas migratorias había sido eliminada por la Comisión de Derechos Humanos, por lo que se sometió a consideración de la Sala que rechazó dicha eliminación con 18 votos a favor, 24 en contra y una abstención.

Luego, la Sala aprobó con 24 votos a favor, 4 en contra y 12 abstenciones mantener dicha norma.

Según explicaron quienes respaldaron esta medida, la idea es exigir una visa o autorización a personas de países que tienen bajo cumplimiento de las normas migratorias. En la otra vereda, se manifestó que no se puede endosar a todos los migrantes de un determinado país, el mal comportamiento de algunos de sus compatriotas.

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