Abren llamado especial de Subsidio de Arriendo para 100 mil familias

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El Ministerio de Vivienda y Urbanismo dio a conocer nuevas medidas en el marco del Plan de Protección a la Clase Media, anunciada esta semana por el Presidente Sebastián Piñera, entre las que se considera un llamado especial del Subsidio de Arriendo.

Esta iniciativa está orientada a grupos familiares de ingresos bajos y medios que han visto afectada su situación laboral, ya sea a través de una pérdida del empleo o una reducción de más del 30% de sus ingresos.

El seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, Manuel José Errázuriz, enfatizó que “vamos a aliviar directamente el bolsillo de las personas y poder entregarles tranquilidad durante los próximos meses, entendiendo que nuestra región aún sigue pasando momentos muy complejos debido a la pandemia del Coronavirus”.

Este Llamado Especial de Arriendo, otorgará un Subsidio de Arriendo durante tres meses, por hasta $250 mil y para arriendos de hasta $600 mil mensuales, que cubrirá hasta el 70% del valor del arriendo para las familias que hayan tenido caídas en sus ingresos de 30% o más.

El llamado especial estará abierto desde el 14 de julio al 24 de agosto con tres cierres parciales siendo esta postulación 100% digital. Serán 100.000 subsidios con un costo total de inversión superior a los 93 millones de dólares.

Con respecto al nuevo llamado, Errázuriz destacó que “El Ministerio está realizando un esfuerzo enorme y es un proceso inédito, en las circunstancias en que nos encontramos de tener una postulación 100% online y también de entregar una cobertura que antes no se alcanzaba”.

Requisitos para postular

1. Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH)

2. Demostrar pérdida de empleo o baja de más del 30% de ingresos.

3. No ser propietario de una vivienda (postulante o algún integrante del núcleo familiar)

4. Estar arrendando una vivienda actualmente

5. Presentar los documentos de postulación.

Documentos requeridos

1. Acreditación de cesantía o baja de más del 30% en los montos de ingresos.

2. Contrato de arrendamiento actual.

3. Declaración jurada firmada por el arrendador donde manifiesta que es dueño de la vivienda y que ésta no se encuentra sujeta a embargo.

4. Recepción municipal acreditada.

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