Declaran inadmisible recursos de protección por convenio Sename-ANI

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La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección presentado por la Defensoría de la Niñez en contra de un convenio firmado por el Servicio Nacional de Menores (Sename) y la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI).

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministra Dobra Lusic, Jessica González y el ministro Rafael Andrade– no dio lugar al recurso por extemporáneo y porque, además no es la vía idónea para reclamar por el acuerdo.

“Que de los antecedentes acompañados por el propio recurrente, aparece que el acto impugnado es de fecha dieciocho de febrero de dos mil veinte, y habiendo deducido el presente recurso con fecha veintidós de abril pasado, resulta ser extemporáneo, sin que por ello resulte suficiente invocar la recurrente que tomó conocimiento de dicho acto el veintiuno de abril del año en curso”, sostiene el fallo.

“(…) sin perjuicio de lo razonado precedentemente, los antecedentes fácticos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, lo que impide declarar su admisibilidad, pues se trata de aspectos convenidos entre entidades públicas dentro del ejercicio de sus funciones y contra las cuales existen mecanismos jurisdiccionales y administrativos que permiten perseguir el fin requerido mediante el presente arbitrio constitucional”, añade.

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