Movilh denuncia artículos homofóbicos en reforma a adopciones

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Movilh denuncia artículos homofóbicos en reforma a adopciones

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) solicitó a todos los senadores que deroguen “incisos abiertamente homofóbicos” que integran el  Proyecto de Ley de Reforma Integral al Sistema de Adopción en Chile, boletín 9.119-18, iniciativa que fue aprobada ayer en general en el Senado por 29 votos a favor.

“Si bien el proyecto de ley permite a las parejas del mismo sexo adoptar, contiene artículos abiertamente homofóbicos que dañan la dignidad humana y son contrarios a la igualdad ante la ley, así como a los derechos garantizados en la Ley 20.609 que Establece Medidas contra la Discriminación y en la recién aprobada Ley 21.400 sobre matrimonio igualitario”, advirtió el Movilh.

La reforma busca consagrar el interés superior del niño, regula la adopción por integración, elimina el orden de prelación y facilita los trámites para que los niños, niñas y adolescentes permanezcan institucionalizados/as menos tiempo, entre otros avances.

“En el caso específico de las personas o parejas LGBTIQA+ el  proyecto de ley incorpora diversas propuestas impulsadas por el Movilh y que fueron aprobadas en la Cámara. Entre otras, garantiza expresamente la posibilidad de que las familias adopten, al margen de su composición; según se establece en los 1, 5, 24, 25, 28, 35; y prohíbe la discriminación por orientación sexual o identidad de género, entre otras categorías de los adoptantes (artículos 28 y 39)”, explicó la organización.

“Sin embargo, y tras indicaciones presentadas por congresistas contrarios a la igualdad de derechos para todas las familias, el artículo 11 del proyecto señala que “si el niño, niña o adolescente manifiesta su voluntad de tener un padre y una madre, el juez deberá considerarlo en forma preferente”. Misma idea se repite en los artículos 21 y 44”, advirtió el vocero del Movilh, Oscar Rementería.

“Suponer que un niño, niña o adolescente (NNA) preferiría a una familia de composición heterosexual por sobre una homosexual y establecer que el tribunal está obligado a aceptar esta definición, es igual a decir que si un/a NNA rechaza a una familia por su raza, nacionalidad, etnia o posición socioeconómica será deber del Estado garantizar que ello ocurra, lo cual es aberrante”, añadió Rementería.

“El deber del Estado, de sus leyes y autoridades es educar a los/as NNA en el respeto a la diversidad social y cultural del país y en ningún caso trasladar y perpetuar en ellos/as los prejuicios, la ignorancia, los fanatismos, la homofobia o la transfobia de los adultos, volviéndolos automáticamente responsables de decisiones de mayores de edad que son contrarias a todos los estándares internacionales de derechos humanos, así como a la jurisprudencia chilena”, señaló el Movilh, que espera contar con los respaldos necesarios para presentar indicaciones que deroguen los mencionados artículos.

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