AFP Capital apelará a fallo que la obliga a devolver fondos a afiliado

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AFP Capital apelará a la Corte Suprema, luego de que un fallo la obligara a devolver los fondos de pensiones de un afiliado de nacionalidad peruana.

Esto luego de que la Corte de Apelaciones de Antofagasta fallara en contra de la aseguradora, dándole un plazo de 15 días para retornar los fondos solicitados al demandante, que recurrió a la Ley 18.156 de Técnico Extranjero, modificada por la ley 18.726.

Según informó El Mercurio, AFP Capital argumenta en su apelación que el afiliado “no cumple con dos de los requisitos: la fecha de su certificado de afiliación es distinta a la que se informa en el sitio web de la Superintendencia de Bancos y AFP de Perú, y la documentación entregada corresponde a una capacitación y no acredita su calidad de técnico”.

Además, la aseguradora aclaró que “este caso no tiene relación con las solicitudes de devolución de fondos previsionales realizadas por cotizantes chilenos que se discutió en el Tribunal Constitucional, esto solo afecta a los extranjeros”.

En el fallo del tribunal de alzada antofagastino, se estableció que se infringió “la garantía del numeral 24º de la Constitución, por cuanto, estableciéndose por ley (artículo 7º de la Ley 18.146) la posibilidad del retiro de los fondos previsiones en Chile, siempre que se cumplan los requisitos legales, la negativa se transforma en un acto ilegal y arbitrario, por cuanto, las objeciones planteadas por la AFP Capital, se sustentan en interpretaciones administrativas, pero del análisis realizado, los requisitos legales se encuentran cumplidos”.

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