Contraloría dicta instrucciones con motivo del Plebiscito de 26 de abril

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La Contraloría General de la República, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, impartió este miércoles instrucciones respecto del proceso plebiscitario que se desarrollará en el país el próximo 26 de abril.

Las autoridades deberán adoptar todas las medidas que procedan a fin de dar la debida y oportuna publicidad a tales instrucciones, así como velar por su cumplimiento, especifican en su página web.

Según información de Cooperativa, el instructivo advierte que las autoridades, jefaturas y funcionarios, independiente de su jerarquía pública, “no deben promover o intervenir en campañas relativas a las posturas del plebiscito, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, o algunas las proposiciones plebiscitadas”.

Además sería un “ilícito administrativo” usar para esos propósitos “los recursos públicos, así como los bienes fiscales, municipales o de otras entidades estatales”, así también “los medios de información de carácter institucional, tales como páginas electrónicas y redes sociales, solo pueden ser utilizados para emitir expresiones que digan relación con el funcionamiento del organismo respectivo”.

También queda prohibido el uso de vehículos estatales para “actividades de carácter político contingente, ya sea en días hábiles o inhábiles, siendo útil agregar que dicha prohibición no admite excepciones de ninguna especie y afecta a todos los servidores que emplean vehículos sujetos al citado decreto ley”.

“Al margen del desempeño del cargo”, las autoridades, en su calidad de ciudadanos, están habilitados “para ejercer los derechos políticos consagrados en el artículo 13 de la Carta Fundamental, pudiendo emitir libremente sus opiniones en materias políticas y realizar actividades de esa naturaleza, siempre que las desarrollen fuera de la jornada de trabajo y con recursos propios”, añade la Contraloría.

El organismo sostiene que el Ministerio Secretaria General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social pueden realizar “una campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito y que informe acerca de las características de dicho proceso y las posiciones plebiscitadas, a fin de que la ciudadanía esté debidamente informada sobre la materia (…) Lo anterior, por cierto, en la medida que aquello se ejecute con la debida imparcialidad”, consigna Cooperativa.

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