PC apelará a fallo que lo condenó a pagar a extrabajadora más de $170 millones

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El Partido Comunista (PC) apelará al fallo del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que lo condenó a pagar más de 170 millones de pesos a una extrabajadora que los demandó tras no reconocerse su relación laboral.

“Hemos instruido a nuestro equipo jurídico de ejercer todos los recursos procesales que la judicatura laboral nos entrega, con el objeto de esclarecer los hechos y por esta vía institucional prime la correcta calificación de los hechos que no es otra que la inexistencia de la supuesta relación laboral. De esta forma recurriremos a Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago por la vía de recurso de nulidad”, expresó la colectividad, de acuerdo a información de Emol.

Asimismo indicó que, el juicio iniciado por la mujer, “reclamando la supuesta relación laboral con nuestra organización, la interpretamos como una respuesta engañosa a nuestro legítimo derecho de reclamar, por la vía judicial la restitución de nuestra propiedad que es ocupada por ella y su familia sin justificación alguna, usufructuando y gozando de un bien durante años, que jamás le ha pertenecido”.

“Una sentencia que no se encuentra firma y ejecutoriada, ha servido como excusa para exacerbar el anticomunismo de los mismos de siempre; sin embargo, nuestra historia de lucha es reconocida por nuestro pueblo”, agregó.

Cabe recordar que el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago determinó que el PC debe pagar una indemnización de 170 millones de pesos a una mujer, de 76 años, por el no pago de cotizaciones y despido indirecto.

Dicho tribunal reconoció la relación laboral entre el PC y la mujer que se extendió desde el 11 de enero de 1990 hasta el 7 de febrero del año pasado.

De esta manera, la colectividad debe pagar a su contraparte $432.000 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; $4.752.000 de indemnización por 11 años de servicios; $2.376.000 por recargo legal del 50%; $150.768.000 por las remuneraciones adeudadas por todo el período trabajado y $6.264.000 por feriado legal por todo el período trabajado.

“Se declara que el despido del que ha sido objeto la actora ha sido NULO, razón por la cual se condena a la demandada al pago de las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, desde el 7 de febrero 2019 y hasta la época de la convalidación del mismo, todo ello en razón de una remuneración mensual de $432.000”, detalla el fallo.

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